¿Qué es la prescripción de deudas?
La prescripción es una figura jurídica que permite extinguir obligaciones y derechos por el transcurso del tiempo, cuando el acreedor no ejerce su reclamo dentro del plazo que fija la ley.
Plazos de prescripción más frecuentes
- Acciones personales sin plazo especial: 10 años.
- Honorarios profesionales: 3 años.
- Suministros y servicios: 3 años.
- Alquileres: 5 años.
- Títulos valores: según la ley especial aplicable a cada instrumento.
Interrupción de la prescripción
El plazo no siempre corre de forma continua. Puede interrumpirse mediante la presentación de una demanda, el reconocimiento expreso o tácito de la deuda por parte del deudor, o un requerimiento formal de pago. Cuando se interrumpe, el plazo vuelve a contarse desde cero.
La prescripción debe alegarse
Un punto clave: la prescripción no se declara de oficio. Debe ser alegada por el deudor dentro del proceso, como excepción. Si no se opone en tiempo, el juez no puede aplicarla aunque el plazo ya haya transcurrido.
Por eso es indispensable contar con asesoría legal apenas se recibe un cobro: solo un análisis del caso concreto permite determinar si la deuda efectivamente prescribió y si aún es posible alegarlo.